Ventajas fiscales
Vuestra empresa tiene derecho a deducir de la cuota íntegra del IS el 40% de la aportación realizada, y hasta el 50% para las donaciones realizadas por el mismo o superior importe durante al menos tres años. La base de la deducción no podrá exceder del 15% de la base imponible.
Os enviaremos en abril el certificado fiscal correspondiente a vuestras aportaciones.
Contacto: empresas y fundaciones
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