Malta viola el principio de no devolución y demora los salvamentos en su zona de responsabilidad de búsqueda y salvamento marítimo

Diversas ONG denunciamos que Malta ordenó al mercante Shimanami Queen el traslado a Egipto de 23 personas rescatadas en lugar de a puertos europeos más cercanos.

MSF
19/10/2022

El pasado 26 de septiembre y violando los convenios marítimos, 23 personas rescatadas en la zona de responsabilidad de búsqueda y salvamento marítimo (zona SAR) de Malta por el buque mercante de pabellón panameño Shimanami Queen fueron trasladadas por la fuerza a Egipto siguiendo las instrucciones del Centro de Coordinación de Rescates (CCR) de Malta. Las organizaciones Alarm Phone, Mediterranea Saving Humans, Médicos Sin Fronteras y Sea-Watch denuncian que Malta violó el principio de no devolución en esta operación.

En el momento del rescate, los náufragos llevaban ya cuatro días en el mar, con malas condiciones meteorológicas y escasez de alimentos y agua. Según los convenios marítimos, el CCR maltés es el organismo legalmente responsable de coordinar las operaciones de rescate en su zona SAR. En este caso, Malta dio instrucciones a los buques mercantes que se encontraban en las inmediaciones de la embarcación en peligro para que continuaran su travesía o, simplemente, se mantuvieran a la espera, lo que retrasó enormemente el rescate. La falta de indicaciones claras y las demoras innecesarias en la coordinación de las operaciones de rescate pusieron deliberadamente en peligro la vida de las 23 personas a bordo. Una práctica habitual1 de las autoridades maltesas es evitar participar en operaciones de rescate e impedir las llegadas a su propio país, como han documentado en numerosas ocasiones2 las organizaciones que participan en acciones de rescate en el Mediterráneo central.

 

 

En este caso, el CCR maltés también evitó cooperar con los buques de las ONG de rescate para garantizar que las operaciones de salvamento se llevaran a cabo lo más rápidamente posible. Tras el rescate, Malta utilizó el Shimanami Queen para aplicar las políticas migratorias hostiles de la UE y de la propia Malta, ordenando al carguero que llevara a las personas rescatadas a Egipto.

 

Malta ignora el principio de no devolución

Según el principio de no devolución de la Convención de Ginebra de 1951 (art. 33.1), los Estados contratantes no expulsarán ni devolverán a una persona "a las fronteras de los territorios donde su vida o su libertad peligren por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas". Según este principio, las personas rescatadas en el mar deben ser llevadas a un lugar seguro “donde su vida no corra peligro [y] donde puedan satisfacerse sus necesidades humanas básicas”.3

Pero en este caso, las 23 personas no fueron desembarcadas ni en Malta ni en Italia, a pesar de que eran los lugares seguros más cercanos en el momento del rescate, a 159 y 146 millas náuticas respectivamente. En su lugar, las personas fueron llevadas por la fuerza a Egipto, a 760 millas náuticas de la zona de rescate. Aunque Egipto es signatario de la Convención de Ginebra de 1951, el país carece de un marco jurídico nacional adecuado para la protección de las personas refugiadas y solicitantes de asilo.

 

 

Como organizaciones implicadas en la búsqueda y el rescate en el mar, Alarm Phone, Mediterranea Saving Humans, Médicos Sin Fronteras y Sea-Watch denuncian el traslado forzoso de estas 23 personas y exigen responsabilidades por las flagrantes violaciones del derecho marítimo e internacional por parte de Malta. Las ONG reclaman el fin de estas graves violaciones de los derechos humanos en el Mediterráneo central y a lo largo de las fronteras exteriores de la UE, cometidas directamente por las autoridades europeas a través de empresas privadas. Los Centros Europeos de Coordinación de Rescates deben cumplir con sus responsabilidades legales y garantizar el salvamento inmediato de las personas en peligro en el mar, con su posterior desembarco en un lugar seguro en Europa.

 

 

1 En abril de 2020, las autoridades maltesas ordenaron al buque mercante IVAN, que solo permaneciera en espera. Posteriormente, le demandaron que abandonara la escena de un caso de socorro. Posteriormente, un buque pesquero devolvió a las personas a Libia.

2 ​ En julio de 2020, las autoridades maltesas ordenaron al buque mercante COSMO que se limitara a supervisar dos casos de socorro en lugar de llevar a cabo operaciones de rescate. Debido a la inactividad del CCR de Malta, una de las embarcaciones fue finalmente interceptada por los llamados guardacostas libios dentro de la zona SAR maltesa y devuelta a Libia:

3 OMI, Resolución MSC.167(78), Directrices sobre el tratamiento de las personas rescatadas en el mar, 20 de mayo de 2004 (6.12 y siguientes).