Ventajas fiscales para tu empresa

Para los donativos económicos, las empresas (personas jurídicas) tienen derecho a una deducción del 40% en la cuota íntegra del impuesto de sociedades. La base de la deducción no podrá exceder del 15% de la base imponible.

Además, las donaciones fidelizadas durante un mínimo de tres años tendrán derecho a una deducción según se presenta en la tabla a continuación:

 

Año 1   

Año 2   

Año 3 y siguientes

Donaciones en general

100%

120%

150%

Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años)

 40%

40%

50%

Límites deducción base liquidable

15%

15%

15%

(En el año 3 y en el año 2 se ha incrementado/mantenido el importe del donativo, respecto del año anterior)

Contacto: empresas y fundaciones

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